top of page

NORMAS PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO ÚNICO DE ADMISIÓN A LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA PARROQUIAL NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO

I. FINALIDAD
Establecer las normas y procedimientos para el desarrollo del proceso único de admisión a la IE Parroquial Nuestra señora del Rosario.


II. OBJETIVOS
2.1. Regular el proceso único de admisión a la IE.
2.2. Garantizar el normal desarrollo del proceso único de admisión a la IE
2.3. Cautelar el cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas relacionadas con el proceso único de admisión a la IE


III. ALCANCE
3.1. Ministerio de Educación
3.2. Gobierno Regional
3.3. Dirección Regional de Educación (DRE)
3.4. Unidades de Gestión Educativa Local
3.5. Consorcio Arquidiocesano de Colegios Parroquiales de Piura


IV. BASE NORMATIVA

  1. Ley N° 28044, Ley General de Educación.

  2. Decreto Supremo N° 011-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General de Educación.

  3. Resolución Suprema N° 027-2014_MINEDU, que declara de interés nacional el servicio educativo dirigido a estudiantes.

  4. Ley Nº 23211- Acuerdo Iglesia Estado en Educación.

  5. Ley Nº 26549 Ley de los Centros Educativos Privados.

4.6. D.S N° 005-2021-MINEDU Reglamento de Instituciones Educativas Privadas de Educación Regular.

  1. Ley 27665 “Ley de Protección de la Economía Familia”

  2. Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa.

  3. RVM N° 097-2020-MINEDU. “Disposiciones para el trabajo remoto de los profesores que asegure el desarrollo del servicio educativo no presencial de las instituciones y programas educativos públicos, frente al brote del COVID-19”.

  4. R.M. Nº 121-2021-MINEDU “Disposiciones para la prestación del servicio en las instituciones y programas educativos públicos y privados de la Educación Básica de los ámbitos urbanos y rurales, en el marco de la emergencia sanitaria de la COVID- 19”.


V. DISPOSICIONES GENERALES

5.1. DE LOS REQUISITOS

  • Ficha y/o Formulario del Postulante, proporcionado en Secretaría del Colegio.

  • Copia de los documentos de identidad del postulante y de ambos padres de familia.

  • Partida de Bautizo original o copia legalizada.

  • Constancia de matrícula impresa del Sistema SIAGIE. La emite el centro educativo de procedencia.

  • Libreta de Información del Postulante.

  • Partida de nacimiento del Postulante.

  • Tarjeta de vacunación actualizada.

  • Constancia de no adeudo del colegio de origen.

  • Vencimiento del pago de las pensiones escolares)

  • Constancia de pago mensual de los últimos dos años del nido o colegio de procedencia (Fecha de 

  • En caso el postulante tenga Apoderado(a) presentar la documentación legal que lo acredite: Poder de escritura Pública, testimonio, documento judicial o extrajudicial.

  • Copia de su libreta de notas o informe académico y de conducta.

  • Acreditación Económica de los padres de familia

  • Tres últimas boletas de remuneración de padre y madre.

  • Reporte virtual de ingresos de 4° categoría emitidos en los tres últimos meses del padre y la madre.

  • Si tienes ingresos “por negocio propio” los PDT IGV – Renta de los tres últimos meses.

  • Recibo del pago por derecho de inscripción.


5.2. DE LA COMISIÓN DE ADMISIÓN
La comisión de Admisión es la instancia máxima del proceso único de admisión, la cual supervisa el proceso, garantizando que el mismo se desarrolle acorde con lo establecido.
La comisión de Admisión está integrada por la Directora de la Institución Educativa y sus demás integrantes son designados por ella y los coordinadores del colegio.

VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS SOBRE EL PROCESO ÚNICO DE ADMISIÓN


Las fases del proceso único de admisión son las siguientes:
1. Convocatoria
2. Inscripción - Requisitos
3. Evaluación Integral
4. Ingreso

 


El cronograma es establecido por la IE y publicado en las instalaciones del colegio.

6.1. CONVOCATORIA
La convocatoria al proceso único de admisión tiene alcance regional, y la IE tiene el deber de utilizar mecanismos de difusión adecuados que garanticen la igualdad de oportunidades y el acceso a la información.

Este Proceso comienza el 03 de Octubre y concluye el 30 de Diciembre de 2022, sin posibilidad de prórroga extraordinaria.


6.2. INSCRIPCIÓN - REQUISITOS
La inscripción al proceso de Admisión, consta de tres momentos (etapas), para el caso del Nivel Inicial y Primer Grado de Primaria.

Se detalla a continuación los siguientes Requisitos:

 

  1. La entrega del Expediente de Admisión (cronograma, etapas, costos, vacantes, etc.) al padre del postulante con cargo.

  2. Recepción del Expediente de admisión será en la misma Institución Educativa de acuerdo al cronograma y adjuntando la documentación completa.

 

La familia postulante (padre y madre) deberá presentar el Expediente de Admisión con la documentación completa para continuar el proceso en el cronograma establecido (no habrá extemporaneidad)

El día de la inscripción, solo el padre y la madre, o apoderado debidamente acreditado, podrán presentar el expediente de admisión. No se aceptarán carpetas entregadas por terceros.

 

  1. Verificación Documental

Procedimiento por el cual, el comité de Admisión, bajo responsabilidad funcional, constata la veracidad de los documentos que obran en el expediente de postulación, así como el cumplimiento de todos los requisitos establecidos en el numeral 5.1, a fin de declarar si el postulante se encuentra “Apto” y califica a la siguiente etapa del proceso único de admisión.

6.3. EVALUACIÓN INTEGRAL

  • Para Inicial y primero de Primaria; luego de la recepción y revisión del Expediente de Admisión, el Comité de Admisión entrevistará a ambos padres de familia.

  • Para el proceso de Admisión de 2° grado nivel Primaria al 5° grado – nivel Secundaria; se hará a través de una evaluación escrita estableciendo el cronograma de la misma publicado en la secretará del colegio e informado vía telefónica al padre de familia.

6.4. INGRESO

La cuota POR ALUMNO NUEVO será de 350 soles se debe cancelar en un plazo determinado en el Proceso de Admisión, en caso que no cumplan con dicho plazo, perderán automáticamente la vacante, sin derecho de reclamo alguno.

bottom of page